Asuntos No Contenciosos

Requisitos Generales

Sucesión Intestada

Solicitud dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos: 

  • Datos personales del solicitante.
  • Petitorio o materia de la solicitud.
  • Nombres de los presuntos herederos y sus domicilios.
  • Fundamentos de hecho y de derecho. 
  • Relación de bienes conocidos, de ser el caso. 
  • Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
  • Firma del o los solicitantes.
  • Fecha.

Anexos que se deben acompañar a la solicitud:

  • Copia legible del documento de identidad del o los solicitantes, vigentes y con la constancia de la última votación.
  • Copia certificada de la partida de defunción.
  • Copia certificada de la partida de matrimonio (En caso que el causante tuviera a su cónyuge vivo).
  • Copias certificadas de las partidas de nacimiento o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo. 
  • Certificado negativo de sucesión intestada (Zona Registral de Cusco). 
  • Certificado negativo de testamento (Zona Registral de Cusco).

Trámite:

Calificada la documentación se realizan las publicaciones (en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación); anotación preventiva y notificaciones a los presuntos herederos. 15 días útiles después de la última publicación se procede a expedir el acta de sucesión intestada, la cual será inscrita en el Registro de Personas Naturales y si fuera el caso en el Registro de Propiedad Inmueble o Registro Vehicular.

Rectificación de Partidas

Requisitos:

  • Minuta dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos: 
  • Datos personales del solicitante. 
  • Petitorio; que comprende la determinación clara y concreta del error o errores en que se ha incurrido en la o las partidas respectivas. Es pertinente indicar que el error solo debe referirse errores u omisiones en nombres, apellidos, u otros que resultan evidentes del tenor de las propias partidas o de otros documentos probatorios. No puede invocarse para cambio de nombre y apellido. 
  • Fundamentos de derecho.
  • Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
  • Fecha.

Anexos que se deben acompañar a la solicitud:

  • Copia legible del documento de identidad del solicitante vigente y con la constancia de la última votación. 
  • Copia certificada de la partida que se solicita rectificar.

Instrumentos que acrediten fehacientemente el pedido, estos pueden ser:

  • Partida de nacimiento. 
  • Partida de matrimonio. 
  • Partida de defunción. 
  • Partida de bautismo. 
  • DNI. 
  • Pasaporte. 
  • Carnet de extranjería, etc.
Constitución de Patrimonio Familiar

Requisitos.
 
Minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; en dicha minuta se consignara los siguientes datos:  

  • Datos personales del (los) solicitante(s). 
  • Petitorio o materia de la solicitud. 
  • Individualización del predio que propone afectar. 
  • Señalar a los beneficiarios con precisión del vínculo familiar que los une. 
  • Fundamentos de derecho. 
  • Indicar los medios probatorios que se adjuntan. 
  • Fecha 
  • Firma del otorgante.
  • CRI de la(s) propiedad(es) a afectarse.    

Anexos que se deben acompañar a la minuta. 

  • Copia legible del documento de identidad del (los) otorgante(s). 
  • Documentos públicos (partidas de nacimiento, matrimonio u otros) que acrediten el vínculo con los beneficiarios. 
  • Certificado negativo de gravamen del predio que se pretende afectar. 
  • Declaración expresa de no tener deudas pendientes. 
Divorcio Notarial por Mutuo Acuerdo

Pueden solicitar este trámite las personas que  hayan contraído matrimonio con antigüedad no menor de  2  años. El matrimonio debe  haber sido celebrado en Lima o  tener como último domicilio conyugal uno ubicado en lima.

Requisitos.

Se debe presentar  a la notaria la  solicitud de separación convencional con firma y huella digital de ambos cónyuges, autorizada por abogado y anexar a esta:

  1. Copia simples y legibles de los documentos de identidad de  los solicitantes.
  2. Copia certificada del acta o partida de matrimonio  de los peticionantes expedida con no más de 3  meses  de  antigüedad respecto  de la fecha de  presentación de la solicitud.
  3. Declaración jurada, con firma y huella digital de los  peticionantes de no tener hijos menores de edad o  mayores con incapacidad.
  4. De ser el caso, copia certificada del acta de nacimiento del hijo menor de edad o incapaz expedida con no más de tres  meses respecto de la fecha de  presentación de la solicitud.
  5. De ser el caso, copia certificada de la sentencia judicial  firme o acta de conciliación que  establezca  los regímenes de patria potestad, tenencia, alimentos y visitas, o de curatela,  alimentos y vistas en caso de tener  hijo menor de edad o mayor de edad  con discapacidad.
  6. Testimonio de la escritura pública  de separación de patrimonios o de sustitución o  liquidación de régimen patrimonial inscrita en los Registros Públicos.
  7. Declaración jurada con firma y  huella de  los solicitantes de  carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
  8. Declaración jurada del último domicilio conyugal, suscrita por ambos y con la huella digital de  ambos solicitantes.
Adopción de Personas Capaces

El adoptante debe tener cuanto menos 18 años más que el adoptado.

Requisitos.

  1. La minuta firmada por los solicitantes y autorizada por abogado, debe contener las expresiones de voluntad del adoptante y del adoptado y el asentimiento de los respectivos cónyuges de ser el caso.
  2. Declaración jurada del adoptante respecto a que goza de solvencia Esto como como parte integrante de la minuta.
  3. Copia certificada de la partida de nacimiento y de matrimonio del adoptante de ser el caso.
  4. Copia certificada de la partida de nacimiento y de matrimonio del adoptado de ser el caso.
  5. Documento que acredite que las cuentas de administración fueron aprobados, si el adoptante ha sido representante del adoptado. (Mediante declaración jurada).
  6. Testimonio del inventario de los bienes que tuviere el adoptado. En caso tuviera bienes.
Unión de Hecho

Requisitos:

  • Solicitud con firmas y nombres de ambos solicitantes que señale el reconocimiento expreso que conviven no menos de 2 años.
  • Declaración jurada con firma legalizada que exprese que los solicitantes se encuentran libre de impedimento matrimonial, y que no tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
  • Certificado negativo del registro personal de cada uno de los solicitantes.
  • Certificado domiciliario de cada uno de los solicitantes.
  • Declaración jurada de 2 testigos con firmas legalizadas, que indique que los solicitantes conviven por mas de 2 años continuos o más.
Desalojo con Intervención Notarial

Desalojo con intervención Notarial: (*)

  • Solicitud firmada por el solicitante y autorizada por el abogado.
  • Copia de Documento de Identidad.
  • Vigencia de Poder en caso de ser necesario.
  • Partida Registral del inmueble donde debe constar inscrito el contrato de arrendamiento y sus modificaciones o adendas.
  • Testimonio del contrato de arrendamiento y sus modificaciones o adendas. Original o copia legalizada del FUA.
  • Original o copia legalizada de la carta notarial.
  • Estado de cuenta actualizado de la cuenta que se consigna en el contrato como cuenta de depósito, en caso corresponda.
  • Declaración jurada  respecto a que el arrendatario habita el inmueble objeto de desalojo con intervención notarial; o, que no ha cumplido con cancelar las cuotas pertinentes de acuerdo a Ley.
  • Intervención biométrica del solicitante.

*Se podrán solicitar requisitos adicionales dependiendo del caso en particular.

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